INICIO DEL SEMESTRE 2011-I

El inicio del semestre 2011-I con la Teoría General del Derecho Internacional Privado les permitirá acercarse a los temas fundamentales de esta disciplina. De conformidad con el Plan de Estudios de la Maestría en Derecho Iternacional Privado y Comparado, esta asignatura es obligatoria y consta de dos partes (Teoria I y II). En la segunda parte se estudiará todo lo relativo a la metodología y las instituciones generales del Derecho internacional privado. Por tal razón, en esta primera parte, el trabajo final es un Proyecto de Investigación que será desarrollado en el siguiente semestre. La idea es que el estudiante se familiarice desde el primer semestre con las técnicas de investigación que garanticen la exitosa presentación de su trabajo de grado, el cual constituye uno de los objetivos fundamentales de la Maestría. En tal sentido, el estudiante escogerá el tema a desarrollar entre los impartidos, bien en la primera parte, bien en la segunda parte de la asignatura Teoría General.

lunes, 25 de julio de 2011

FORO 4

Fecha de participación: 26 de julio de 2011
Horario de participación: 5:00 a 11:45 p.m

En esta oportunidad debatiremos en torno al análisis de las fuentes supletorias (analogía y principios generales) y su rol en la interpretación e integración del DIPr., en atención a las sentencias recomendadas y el material bibliográfico que ustedes tengan a bien considerar se presentan los siguientes planteamientos:
1.     Desde la perspectiva del DIPr. Venezolano actual ¿cuál es la función de las fuentes supletorias?
2.     ¿Puede la analogía como fuente supletoria permitir la aplicación de la o las soluciones previstas en un tratado a un supuesto en el cuál ésta última no tiene fuerza vinculante por no encontrarse en vigor frente a todos los Estados vinculados con el caso? ¿cuál sería su fundamentación teórico-práctica?
3.       En el caso de la adopción internacional planteada en las sentencias recomendadas, se pregunta:
3.1.  ¿Cuál es la fuente normativa aplicable por el Juzgado Superior Tercero de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la sentencia de fecha 03 de Abril de 1997, Exp. Nº 657/97? Criticas que usted le realizaría a la misma.
3.2.  ¿Cuál es la fuente normativa aplicable por el Juzgado Superior Primero de Familia y Menores de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en la sentencia de fecha 22 de Octubre de 1998, Exp. Nº 11.090? Criticas que usted le realizaría a la misma.
3.3.  ¿Cuál es la fuente normativa aplicable por la Corte Suprema de JusticiaenSala de Casación Civil, sentencia Nº 3, del 19 de Febrero de 1998? Criticas que usted le realizaría a la misma.
3.4.  Si usted tuviere que resolver el presente caso en los actuales momentos bajo la vigencia de la Ley de Derecho Internacional Privado ¿cuáles serían sus consideraciones para decidir a los solos fines de la determinación de la fuente normativa aplicable?
4.       ¿Cómo definiría usted los principios generales del DIPr. venezolano? Comparta en este Foro algunos ejemplos.